Beneficios fiscales que reciben las SEM en Panamá

por | Nov 17, 2016 | Noticias | 0 Comentarios

SEM Panamá

La excelente y privilegiada ubicación geográfica de Panamá, su aventajada y bien desarrollada conectividad aérea, así como su condición de mercado dolarizado, entre otros atributos, han convertido al país canalero en el ‘hub’ perfecto para que más de un centenar de empresas multinacionales establezcan su sede regional en él.

Amparadas por los beneficios fiscales que ofrece la Ley 41 de Sede de Empresas Multinacionales (SEM), estas empresas multinacionales deciden instalar sus oficinas regionales en Panamá atraídas además por la eficiente infraestructura tecnológica, el buen ambiente para empleados extranjeros y el cada día mejor capacitado talento panameño.

La Ley 41 de 2007 define una empresa SEM como aquella empresa multinacional que desde Panamá realiza operaciones dirigidas a ofrecer los servicios definidos en esta norma a su casa matriz, a sus subsidiarias, filiales, compañías asociadas, o que fije su sede en Panamá. Algunos de los beneficios que esta ley provee para empresas SEM en Panamá destacan la exención del pago de impuesto sobre la renta, la exoneración del tributo de dividendo y complementario, y la posibilidad de realizar acuerdos fiscales, entre muchos otros.

Desde el establecimiento de la mencionada ley, el Gobierno de Panamá, se ha logrado animar la inversión extranjera en Panamá, provocando el establecimiento de multinacionales Fortune 500 como Dell, Procter & Gamble y Nestle, entre muchas otras. Su modificación a la Ley 45 en 2012 ha logrado además crear el ambiente positivo para el desarrollo de nuevas empresas, estableciendo varios incentivos fiscales, tanto para las empresas con licencia de Sede de Empresa Multinacional (SEM) como para el personal extranjero de niveles medios-altos que laboran en éstas. Estos beneficios incluyen incentivos para ejecutivos, incentivos migratorios para trabajadores extranjeros que la SEM contrate, e incentivos laborales.

 

SEM Panamá: otros beneficios fiscales que reciben

  • Exención del pago de impuesto sobre renta, por los servicios brindados fuera del territorio nacional a su grupo empresarial, que no genere renta gravable dentro de la República de Panamá.
  • Exención del pago de impuesto sobre renta para ejecutivos cuyos salarios provienen de la empresa matriz en el extranjero.
  • Exención del arancel de importación por menaje de casa cuando el trabajador se traslada por primera vez a Panamá.
  • Facilitación de la otorgación de visa para ejecutivos. A ejecutivos extranjeros fijos en Panamá se otorga una visa de cinco años (así como a sus parientes), con posibilidad de prórroga para otros cinco años. Para la pasantía de empleados de manera temporal existen otras regulaciones.
  • Para poder beneficiarse de la Ley SEM Panama, el requisito primordial es que el grupo empresarial esté establecido en varios países, además de tener más de $200 millones en activos documentados en sus últimos estados financieros.

En nuestra experiencia, una asesoría legal adecuada logra que tanto individuos como empresas que quieren incursionar en el mercado panameño tomen mejor ventaja de las oportunidades de negocio que provee la ley SEM Panamá. Esta asesoría promueve además rapidez en los procesos tanto legales como fiscales, un máximo aprovechamiento de los beneficios amparados bajo la ley, y una coordinación centralizada de los procesos corporativos y migratorios, entre otros.

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